Facturación electrónica
¿Estás obligado a facturar electrónicamente?
Consultá con tu RUC, o el de tu cliente, si la DNIT lo designó como facturador electrónico obligatorio, en qué grupo y desde qué fecha.
¿No sabés el RUC? Buscalo por nombre.
La DNIT designó a 12.096 contribuyentes en 24 grupos. Próximo inicio: los grupos 18 y 21, el 1 de diciembre de 2026 (faltan 71 días).
Calendario de obligatoriedad
Fecha desde la que cada grupo tiene que emitir todos sus comprobantes de forma electrónica, según la resolución que lo designó.
| Grupo | Desde | Resolución | Estado |
|---|---|---|---|
| 1 | 01/07/2022 | RG 105/2021 | Vigente |
| 2 | 01/07/2022 | RG 105/2021 | Vigente |
| 3 | 02/01/2023 | RG 105/2021 | Vigente |
| 4 | 03/04/2023 | RG 105/2021 | Vigente |
| 5 | 03/07/2023 | RG 105/2021 | Vigente |
| 6 | 02/10/2023 | RG 105/2021 | Vigente |
| 7 | 02/01/2024 | RG 105/2021 | Vigente |
| 8 | 01/04/2024 | RG 105/2021 | Vigente |
| 9 | 01/07/2024 | RG 105/2021 | Vigente |
| 10 | 01/10/2024 | RG 105/2021 | Vigente |
| 11 | 03/03/2025 | RG DNIT 21/2024 | Vigente |
| 12 | 02/06/2025 | RG DNIT 21/2024 | Vigente |
| 13 | 01/09/2025 | RG DNIT 21/2024 | Vigente |
| 14 | 01/12/2025 | RG DNIT 21/2024 | Vigente |
| 15 | 02/03/2026 | RG DNIT 21/2024 | Vigente |
| 16 | 01/06/2026 | RG DNIT 21/2024 | Vigente |
| 17 | 01/09/2026 | RG DNIT 21/2024 | Vigente |
| 18 | 01/12/2026 | RG DNIT 21/2024 | En 71 días |
| 19 | 01/06/2026 | RG DNIT 52/2026 | Vigente |
| 20 | 01/09/2026 | RG DNIT 52/2026 | Vigente |
| 21 | 01/12/2026 | RG DNIT 52/2026 | En 71 días |
| 22 | 02/03/2027 | RG DNIT 52/2026 | En 162 días |
| 23 | 01/06/2027 | RG DNIT 52/2026 | En 253 días |
| 24 | 01/09/2027 | RG DNIT 52/2026 | En 345 días |
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Preguntas frecuentes
¿Qué significa estar obligado a facturar electrónicamente?
La DNIT designa por resolución grupos de contribuyentes que, desde una fecha fija, tienen que emitir todos sus comprobantes de forma electrónica a través del SIFEN, salvo el comprobante de retención virtual. Desde esa fecha, el timbrado de sus comprobantes preimpresos o autoimpresos pierde vigencia.
¿Cómo sé si estoy obligado?
Consultá tu RUC en esta página. La DNIT designó 24 grupos en tres resoluciones: la RG 105/2021 (grupos 1 al 10), la RG DNIT 21/2024 (grupos 11 al 18) y la RG DNIT 52/2026 (grupos 19 al 24). Además, notifica a cada contribuyente designado en su Buzón Tributario Marandu.
¿Hay otras formas de quedar obligado?
Sí. Desde el 2 de enero de 2026 los proveedores del Estado tienen que emitir solo comprobantes electrónicos (RG DNIT 21/2024), y desde el 1 de enero de 2024 las personas jurídicas que se inscriben en el RUC solo pueden facturar de forma electrónica (RG 105/2021). Por eso, que un RUC no figure en los grupos no garantiza que no esté obligado.
¿Se puede pedir una prórroga?
Sí, por única vez y por hasta tres meses después de la fecha de inicio, si la adhesión es al sistema transaccional e-kuatia. Se pide con una nota a la DNIT al menos 30 días hábiles antes de esa fecha, con una carta de compromiso y un cronograma firmados por el contribuyente y el desarrollador (RG DNIT 52/2026).
¿Con qué sistema puedo facturar electrónicamente?
Con el sistema transaccional e-kuatia, conectado a tu propio sistema o a través de un proveedor como Sifende, o con e-kuatia'i, la solución gratuita de la DNIT.
¿De dónde salen estos datos?
De los anexos que la DNIT publica con cada resolución. TuRuc es un servicio independiente: la fuente oficial es siempre la resolución y tu Buzón Tributario Marandu.
Datos de los anexos de las resoluciones de la DNIT. TuRuc es un servicio independiente, no es la DNIT ni Marangatú: ante cualquier duda, la fuente oficial es la resolución y tu Buzón Tributario Marandu.